La responsabilidad de la comunicación social dentro de un Estado Democrático de Derecho

Palabras clave: Libertad de prensa, Libertad de información, Estado de Derecho, Responsabilidad Constitución Política

Resumen

La Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho: “a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley” (Art. 2do, inc. 4to.) y respetuoso de ella, podemos señalar que no es un secreto que el Perú se encuentra dividido social, económica y políticamente, y desafortunadamente, dada las condiciones geográficas, también se encuentra prácticamente fraccionado legal y moralmente; motivo por el cual es justo y válido preguntarse, cómo es posible que si todos los peruanos vivimos bajo el mismo amparo de una misma Constitución Política y leyes pertinentes, puedan nuestros connacionales disentir, rivalizar y discrepar, lo cual es políticamente correcto, pero socialmente desagregado de la matriz esencial  del desarrollo comunicativo Estado - Sociedad, visto desde la óptica estrictamente comunicacional.
 

 

 

 





Publicado
2023-12-29
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